![]() |
||||||
| |
||||||
Composición del Sínodo |
||||
1. «El Obispo diocesano preside el sínodo, aunque puede delegar esta función, para cada una de las sesiones, en el Vicario general o en un Vicario episcopal»[21], prefiriendo entre ellos a quienes tengan dignidad episcopal (Obispo coadjutor y Obispos auxiliares).
3. Son miembros electivos: 1). «Fieles laicos, también los que son miembros de institutos de vida consagrada, a elección del consejo pastoral, en la forma y número que determine el Obispo diocesano, o, en defecto de este consejo, del modo que determine el Obispo»[23]. En la elección de estos laicos (hombres y mujeres), es menester seguir, en lo posible, las indicaciones del canon 512 § 2[24], asegurando en cualquier caso que tales fieles «destaquen por su fe segura, buenas costumbres y prudencia»[25], pues sólo así podrán prestar una válida contribución al bien de la Iglesia. La situación canónica regular de estos laicos debe considerarse requisito indispensable para formar parte de la asamblea. 2). «Al menos un presbítero de cada arciprestazgo (decanato), elegido por todos los que tienen en él cura de almas; asimismo se ha de elegir a otro presbítero que eventualmente sustituya al anterior en caso de impedimento»[26]. Como evidencia el texto canónico, por este título son elegibles solamente los presbíteros, no los diáconos o los laicos. Por consiguiente, el Obispo deberá determinar el número concreto para cada arciprestazgo (decanato). Si se trata de una Iglesia particular de pequeñas dimensiones, nada impide la convocatoria de todos sus presbíteros. 3). «Algunos Superiores de institutos religiosos y de sociedades de vida apostólica que tengan casa en la diócesis, que se elegirán en el número y de la manera que determine el Obispo diocesano»[27].
|
4. Sinodales de libre nombramiento episcopal: «El Obispo diocesano también puede convocar al sínodo como miembros del mismo a otras personas, tanto clérigos, como miembros de institutos de vida consagrada, como fieles laicos»[28]. Al escoger a estos sinodales, se procurará hacer presentes las vocaciones eclesiales o los peculiares compromisos apostólicos no suficientemente expresados por vía electiva, de modo que el sínodo refleje adecuadamente la fisonomía característica de la Iglesia particular; por esto, se pondrá cuidado en asegurar que, entre los clérigos, no falte una congrua presencia de diáconos permanentes. No se descuide escoger también fieles que destaquen por su «conocimiento, competencia y prestigio»[29], cuya ponderada opinión enriquecerá sin duda las discusiones sinodales. 5. Los sinodales legítimamente designados tienen el derecho y la obligación de participar en las sesiones[30]. «Si un miembro del sínodo se encuentra legítimamente impedido, no puede enviar un procurador que asista en su nombre; pero debe informar al Obispo diocesano acerca de este impedimento»[31]. El Obispo tiene el derecho y el deber de remover, mediante decreto, cualquier sinodal, que con sus opiniones se aparte de la doctrina de la Iglesia o que rechace la autoridad episcopal, salva la posibilidad de recurso contra el decreto, según la norma del derecho. 6. «Si lo juzga oportuno, el Obispo diocesano puede invitar al sínodo como observadores, a algunos ministros o miembros de Iglesias o de comunidades eclesiales que no estén en comunión plena con la Iglesia católica»[32]. La presencia de los observadores contribuirá a «introducir aun más la preocupación ecuménica en la pastoral normal, incrementando el conocimiento recíproco, la caridad mutua y, en la medida de lo posible, la colaboración fraterna»[33]. Para su determinación, será normalmente conveniente ponerse de acuerdo previamente con los cabezas de tales Iglesias o comunidades, que señalarán la persona más idónea para representarlas. Notas __________________________________________________ [21] Can. 462 § 2. [22] Cfr. can. 463 § 1, 1°, 2°, 3°, 4°, 6° y 7° [23] Can. 463 § 1, 5°. [24] Can. 512 § 2: «Los fieles que son designados para el consejo pastoral deben elegirse de modo que a través de ellos quede verdaderamente reflejada la porción del pueblo de Dios que constituye la diócesis, teniendo en cuenta sus distintas regiones, condiciones sociales y profesionales, así como también la parte que tienen en el apostolado, tanto personalmente como asociados con otros». [25] Can. 512 § 3. [26] Can. 463 § 1, 8°. [27] Can. 463 § 1, 9°. [28] Can. 463 § 2. [29] Can. 212 § 3. 30] Cfr. can. 463 § 1. [31] Can. 464. [32] Can. 463 § 3. [33] Juan Pablo II, audiencia del 27 de junio de 1992, en L'Osservatore Romano (edic. española) del 17 de julio de 1992, pp. 3-4. |
|||
Secretario General: Jaime Díaz Pieiga, Rector del Seminario Miembros adjuntos a la Secretaría General: Juan Antonio Menéndez Fernández, Vicario General; Marcelino Garay Burgos, Delegado de Acción Caritativa y Social; Julián Francisco Herrojo Rodríguez, Rector de la Basílica del Sagrado Corazón de Jesús de Gijón; José Antonio Sánchez Cabezas, Párroco de San Martín y Santa Bárbara de Turón y Profesor del Seminario, y Antonio Vázquez Escobar, Delegado de Catequesis y Administrador parroquial de Selorio. |
Correo electrónico Secretaría General: secretariasinodo@gmail.com | |||
Comisión Preparatoria: Trece seglares, diez sacerdotes, dos religiosos y un miembro de las sociedades de vida apostólica, formarán este organismo de máxima responsabilidad organizativa, que se reunirá por primera vez el 20 de marzo en el Arzobispado Integrantes Los miembros de la Comisión preparatoria son los sacerdotes: Jaime Díaz Pieiga, Secretario general del Sínodo; Juan Antonio Menéndez, Vicario general; Marcelino Garay Burgos, delegado de Acción Caritativa y Social; Julián Francisco Herrojo, rector de la Basílica del Sagrado Corazón de Gijón; José Antonio Sánchez Cabezas, párroco de San Martín de Turón; Antonio Vázquez Escobar, delegado diocesano de Catequesis (todos ellos miembros de la Secretaría del Sínodo); Jesús Álvarez Feito, párroco de San Juan Bautista de la Corredoria; Ángel Fernández Llano, párroco de Santo Tomás de Avilés; Silverio Rodríguez Zapico, párroco de la Resurrección de Gijón (miembros de la Permanente del Consejo Presbiteral); José Julio Velasco, párroco de Posada de Llanera y secretario del Colegio de Arciprestes; Arsenio Gutiérrez Vázquez, presidente de CONFER en Asturias y Eloisa Braseras Gago, Dominica de la Anunciata (por los religiosos); Ángeles Morilla Merino, Hija de la Caridad (por las sociedades de vida apostólica); Maria del Carmen Alonso García, Manuel Antonio Lorenzo Álvarez, María del Carmen Fernández Iglesias, Alfredo Mieres Sánchez, Begoña Diaz Dizy, José Antonio Alonso Hevia y Francisco Javier Bueno Arce (del Consejo Pastoral Diocesano). Ignacio Alonso Areces, director del Secretariado diocesano de Apostolado Seglar; Daniel Turiel Díaz (profesores de Religión) Adolfo Rivas Fernández (Cáritas) y tres jóvenes: Antonio Cuento Rodríguez, de la parroquia de San Francisco de Asís de Oviedo; Iván José Román Busto, de la parroquia de San Lorenzo de Gijón y Pablo González Caride de la parroquia de San Nicolás de Bari de Avilés.
|
Permanente Comisión Preparatoria
|
|||
Comisiones y Coordinadores: Comisión Teológico-Pastoral Comisión Canónica Comisión de Liturgia Comisión de Catequesis Comisión de Información, Comunicación y Gestión Comisión de Acción Caritativa y Social |
||||
![]() |